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Prórroga excepcional para la presentación de declaraciones juradas de SICORE y SIRE

ARCA extiende los plazos para presentar ciertas declaraciones y pagos de retenciones de SICORE y SIRE debido a feriados nacionales de carnaval y del jueves y viernes santo

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso, a través de la Resolución General 5652/2025, una prórroga excepcional para la presentación de declaraciones juradas y el ingreso de retenciones y percepciones para determinados agentes de retención comprendidos en el Sistema de Control de Retenciones (SICORE) y Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE).

La medida responde a solicitudes de entidades bancarias, que advirtieron sobre la reducción de plazos operativos debido a feriados nacionales de carnaval y del jueves y viernes santo.

Nuevas fechas de vencimiento para SICORE

Según lo establecido en la norma, los agentes de retención comprendidos en la Resolución General 2233 deberán presentar las declaraciones juradas de febrero de 2025 e ingresar el saldo resultante hasta las siguientes fechas:

Terminación de CUITFecha de Vencimiento
0, 1, 2, 3, 411/03/2025
5, 6, 7, 8, 912/03/2025

En tanto, el ingreso de las retenciones de abril de 2025, practicadas entre el 1 y el 15 de dicho mes, se podrá efectuar hasta:

Terminación de CUITFecha de Vencimiento
0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 923/04/2025
Nuevas fechas de vencimiento para SIRE

De manera análoga, los agentes alcanzados por la Resolución General 3726 también contarán con la prórroga de los vencimientos en las mismas fechas:

Terminación de CUITFecha de Vencimiento
0, 1, 2, 3, 411/03/2025
5, 6, 7, 8, 912/03/2025

En tanto, el ingreso de las retenciones de abril de 2025, practicadas entre el 1 y el 15 de dicho mes, se podrá efectuar hasta:

Terminación de CUITFecha de Vencimiento
0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 923/04/2025

En ambos casos, se busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales sin generar mayores inconvenientes administrativos para los contribuyentes.

Cabe recordar que la normativa vigente fijaba originalmente los vencimientos en base a la Resolución General 4172, sus modificatorias y complementarias. Sin embargo, ante la solicitud de prórroga presentada por asociaciones representativas del sector financiero, ARCA decidió conceder esta extensión con carácter de excepción, a fin de evitar demoras o incumplimientos involuntarios.

Fuente: Errepar

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