La presentación de la declaración jurada y el pago de obligaciones por el período fiscal 2021 está prevista entre los días 13, 14 y 15 de julio, según CUIT
La Administración Federal de Ingresos Público (AFIP) dispuso un plazo especial de vencimiento de los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedular. La decisión alcanza a aquellos contribuyentes alcanzados por la medida cautelar dictada por la justicia federal.
La presentación de la declaración jurada y el pago de las obligaciones para las personas humanas y sucesiones indivisas por el período fiscal 2021 está prevista entre los días 13, 14 y 15 de julio, según terminación de número de CUIT.
La medida adoptada obedece a la necesidad de otorgar certidumbre a las y los contribuyentes sin que ello implique una variación en la posición de la AFIP en relación con un avance indebido del Poder Judicial sobre potestades esenciales del Estado nacional, entre las que sobresale determinar tiempo y modo de pago de las obligaciones tributarias, indicó el organismo en un comunicado.
La Resolución General 5229/2022, que se publicará este viernes en el Boletín Oficial, precisa que este plazo excepcional alcanza únicamente a los contribuyentes o responsables que se encuentren amparados por la medida cautelar dispuesta por la justicia federal, que suspendió los plazos previstos por la Resolución General 5192/2022, siempre y cuando no hubiesen cumplido con esas obligaciones en las fechas antes establecidas.
Plazo especial para que contribuyentes alcanzados por cautelar
Las fechas para las presentaciones y pagos correspondientes de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular del período fiscal 2021 definidas de manera excepcional para estos contribuyentes son las siguientes:
La AFIP informa que, más allá de la decisión judicial, un elevado porcentaje de contribuyentes cumplió con sus obligaciones y presentó sus declaraciones juradas en los vencimientos que operaron entre el 23 y el 27 de junio.
Fallos
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 12 aceptó la adhesión de los Consejos Profesionales del interior al amparo que presentó el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño. La acción que llevó adelante el Consejo CABA ya tiene dos fallos a nuestro favor y logró la suspensión de los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales.
Los consejos provinciales se adhirieron masivamente a esta causa judicial contra la AFIP.
Ahora la justicia resolvió que la medida incluye a todos los profesionales matriculados en Ciencias Económicas y sus clientes de las siguientes jurisdicciones:
Provincias de San Juan; Neuquén; San Luis; Mendoza; Jujuy; Misiones; Catamarca; Río Negro; Chaco; Córdoba; Buenos Aires; La Pampa; Formosa; Santa Fe; Entre Ríos; Tucumán; La Rioja; Santiago del Estero; Tierra del Fuego; Santa Cruz; Chubut; Ciudad de Rosario; y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Fuente: iProfesional