Novedades

Certificado MiPyMe: ¿qué cambios se introdujeron?

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento, mediante la resolución 54/2025, publicada en el boletín oficial de hoy, realizó modificaciones en el certificado MiPyME al añadir un código QR y al determinar una actualización anual de categorías, y de la información sobre categorización de personas humanas.

Incorporación del código QR

La norma menciona la necesidad de incorporar un código QR al Certificado MiPyME, con el objeto de fortalecer la seguridad del instrumento que permite acreditar la condición de micro, pequeña o mediana empresa frente a la Administración Pública Nacional o ante terceros. Este cambio deviene necesario a fin de que el receptor del mencionado documento cuente con información actualizada en tiempo real, frente a las diversas situaciones contempladas por la normativa que se puedan presentar y que tengan impacto respecto de la validez del mismo.

Actualización anual de los valores establecidos en el Anexo I de la Resolución Nº 220/19

Esta rectificación tiene como objetivo captar con desagregación sectorial la evolución de los precios, de modo de garantizar que cada uno de los tramos en los que resultan categorizadas las empresas sea representativo de su real tamaño.

Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP)

Se definió un procedimiento para que las personas humanas alcanzadas por los topes de activo establecido en la Resolución N° 220/19, que hayan adherido al citado Régimen, proporcionen la información necesaria para su categorización. Ello teniendo en cuenta que, aunque encuadran como sujetos obligados a la presentación del Impuesto sobre los Bienes Personales, el mencionado Régimen las exime de realizar declaraciones juradas ante la ARCA, hasta el período fiscal 2027 inclusive.

Asimismo, la resolución habilitó en la página web del Registro de Empresas MiPyME, una plataforma para que las personas humanas que no se encuentran obligadas a la presentación de Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales puedan informar el valor del total de los activos afectados a la actividad del último ejercicio comercial o año fiscal cerrado, para efectuar un correcto análisis sobre los topes establecidos en la presente medida.

Fuente: Errepar

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