La inflación disminuye en términos reales lo que AFIP debe devolver a quienes compraron dólar ahorro, ya que esa devolución se hizo a cuentagotas
La AFIP siguió devolviendo a cuentagotas hasta el mes pasado la retención de 35% de Impuesto a las Ganancias sobre el dólar, mientras que los inscriptos en ese gravamen o en el Impuesto sobre los Bienes Personales recién pudieron descontarlos también en la declaración jurada de julio. Mientras tanto, la inflación les comió hasta $6.500 por cada u$200 de dólar ahorro.
La devolución del 35% de Impuesto a las Ganancias sobre el dólar ahorro por las compras de todo 2021 comenzó en marzo y siguió hasta julio, pero en forma discrecional, sin ningún criterio normativo, advirtió Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios.
Aunque es difícil saberlo, porque son casos particulares, aparentemente aún en agosto hay contribuyentes que no recibieron su devolución, indicó el contador Daniel Sosa.
Cómo licúa la AFIP la deuda por el 35% sobre dólar ahorro
Marcelo Patania, de la consultora Patania & Rodríguez calculó “lo que tenés que saber si compraste dólar ahorro, al cambio oficial, y en julio aún no te devolvieron el 35% de Impuesto a las Ganancias que te retiene el banco para la AFIP”.
- En enero, a un cambio de $89,50, se recibieron $17.900, retuvieron de impuesto $6.265, y con una inflación de 105,33%, la AFIP debería devolver $12.863, según Patania.
- Si la compra fue hecha en diciembre, a un cambio oficial de $106,25, se recibieron $21.250, retuvieron $7.437,50 de impuesto, pero la AFIP debería reembolsar $10.518, 86, si se ajustara por una inflación de 41,43%.
El análisis está hecho teniendo en cuenta la compra máxima permitida por mes y las cotizaciones del primer día hábil de cada mes, al tipo de cambio vendedor, aclaró, y precisó que también “depende de la fecha en que se compraron los dólares, ya que van a surgir diferencias superiores por la cotización del día”.
“La inflación pega cada vez más fuerte y el Gobierno aprovecha para licuar deudas“, enfatizó.
Quiénes pueden pedir devolución del impuesto sobre dólar ahorro
Una vez finalizado el año calendario en el que se produjo la percepción, podrán solicitar la devolución de 35% de Impuesto a las Ganancias sobre dólar ahorro quienes cumplen los siguientes requisitos:
- No se encuentren inscriptos en el Impuesto a las Ganancias, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
- No se encuentren inscriptos en el Impuesto sobre los Bienes Personales, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
- Trabajen en relación de dependencia y no sean pasibles de sufrir retenciones del Impuesto a las Ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
- Monotributistas que no trabajen en relación de dependencia.
A mediados de marzo, además, la AFIP otorgó plazo hasta el 13 de abril pasado para tramitar la devolución del 35% del Impuesto a las Ganancias que se paga al comprar dólar ahorro, así como aquellos gastos que se realizaron en moneda extranjera mediante tarjeta de crédito y débito.
Los empleados en relación de dependencia a quienes la empresa les retiene Impuesto a las Ganancias, deberán presentar el Formulario Web 572 correspondiente a 2021 para recuperar las percepciones del 35% del año pasado.
Es decir que, ese 35% retenido por el banco como pago a cuenta debía ser informados por medio del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) a través de la presentación del Formulario web 572.
Los trabajadores que no sufren retención del Impuesto a las Ganancias y los monotributistas deben presentar formularios web especiales para esta solicitud de devolución.
Cuáles son las claves para obtener la devolución
Antes de efectuar la solicitud de devolución, los sujetos debían hacer lo siguiente:
• Contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
• Informar ante la AFIP la CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada.
• Poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
Las devoluciones se realizan a través de transferencias a las cuentas bancarias de contribuyentes que no están inscriptos en Ganancias ni Bienes Personales.
Antes de devolver el 35%, las áreas de fiscalización y recaudación de la AFIP realizaron chequeos y verificaciones sistémicas para detectar si existieron distintas inconsistencias e irregularidades.
El trámite para pedir la devolución del 35% de Impuesto a las Ganancias sobre dólar ahorro se realiza a través de la web de la AFIP, tanto para los monotributistas como para los trabajadores en relación de dependencia.
Fuente: iProfesional