La aprobó el Senado. Plantea beneficios para exteriorizar dólares no declarados en obras de construcción. Cuál es el trasfondo político
El nuevo blanqueo de capitales en moneda extranjera para construcción y proyectos inmobiliarios fue finalmente convertido en ley por el Senado, que habilitó así una herramienta que podría servir tanto para los contribuyentes, que contarán con plazos de hasta 360 días para invertir los dólares que tengan fuera del sistema, como para el Gobierno, que espera captar unos uSs4.500 millones.
La iniciativa, que prorroga el régimen iniciado el año pasado mediante la Ley 27.613 de Incentivo a la Construcción y Acceso a la Vivienda pero que no dio los resultados esperados, fue aprobada con 35 votos a favor y 26 en contra, tras la media sanción que le dio la Cámara de Diputados en mayo último. A diferencia de aquella ocasión, Juntos por el Cambio se inclinó por el rechazo al proyecto, aunque facilitó el quórum al oficialismo.
Una de las principales ventajas del nuevo blanqueo respecto del anterior y que fue destacada por el oficialismo durante el debate es que establece un plazo máximo de 360 días corridos desde la fecha de entrada en vigencia de la ley para que personas y empresas adhieran al régimen con moneda nacional y extranjera en el país o en el exterior, no declarada anteriormente.
Se trata del plazo más alto dentro del esquema que establece la nueva ley y que ofrece también la posibilidad de entrar al blanqueo en 90 y/o 180 días, con alícuotas diferenciales en cada caso. Esto intenta solucionar el problema del blanqueo anterior, que otorgó un período de solo 90 días y, por demoras en la reglamentación, ofreció muy poco tiempo para entrar.
El destino del blanqueo es la realización de inversiones en construcción para uso propio o desarrollo de proyectos inmobiliarios, que estén avanzados en un 50% al momento de entrada en vigencia de la ley o se puedan finalizar en un período de 360 días contados desde ese momento.
Blanqueo para la construcción: ¿Cuáles son los plazos y qué alícuotas habrá que pagar?
El proyecto original había sido impulsado en la Cámara de Diputados por Sergio Massa, hoy ministro de Economía, y por el jefe del bloque PRO, Cristian Ritondo, y establecía un plazo para de 90 días. Con el fin de propiciar un ingreso mayor de capitales, durante aquel debate se decidió extenderlo por tramos.
Con la aceptación del Senado, la ley dejó así establecido que la declaración de tenencia de moneda extranjera y/o nacional con destino a la construcción se podrá realizar, desde la entrada en vigencia de la norma y hasta transcurrido el plazo de 90 días corridos, pagando una alícuota de 5%.
Ese impuesto especial sobre el monto a blanquear se eleva al 10% cuando se realice entre los 90 y los 180 días corridos desde la vigencia de la ley. Desde el día siguiente y hasta transcurridos los 360 días, la alícuota será del 20%.
Entre los beneficios que plantea este régimen, se destacan los impositivos. El monto blanqueado queda eximido del Impuesto a los Bienes Personales, algo que ya estaba previsto en la ley anterior y se decidió mantener en el nuevo régimen. Esta exención rige para el “valor de las inversiones en proyectos de inversión realizadas y desarrolladas, directamente o a través de terceros”.
La nueva ley también exime al capital que se exteriorice por este régimen del pago del Impuesto a las Ganancias, al cheque, a las salidas no documentadas, a la transferencia de inmuebles e IVA. Además, quienes adhieran quedan liberados de declarar ante la AFIP la fecha de compra y el origen de las tenencias.
Por otra parte, como contó iProfesional una de las ventajas comparativas más importantes es que los contribuyentes podrán ingresar los dólares para la inversión al valor MEP o contado con liquidación, pero pagar el impuesto al tipo de cambio oficial del día que exterioriza los dólares, indicó Guillermo Pérez, CEO del Grupo GNP. De este modo y a raíz de la brecha cambiaria actual, y tasa efectiva mínima podría verse disminuida del 5% a 2,5%, según el especialista.
Fuente: iProfesional