El Gobierno difundió el proyecto de ley que permite la actualización por inflación de los quebrantos impositivos del impuesto a las ganancias
El Poder Ejecutivo presentó la propuesta, que se tratará durante el período de sesiones extraordinarias, con el cual buscará habilitar la actualización de los quebrantos impositivos del impuesto a las ganancias para aquellos que se generen en los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1° de enero de 2025, inclusive.
Además, se pretende que se admita la actualización respecto de los quebrantos que se hubieran generado con anterioridad a dicha fecha, que sean pasibles de cómputo en los ejercicios fiscales señalados, considerando la variación del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) operada entre el mes de cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior al que se inicie a partir del 1° de enero de 2025 y el del cierre del ejercicio fiscal que se liquida.
La renovación de quebrantos resultará de aplicación para aquellos contribuyentes que hayan presentado y cumplido con la obligación del impuesto a las ganancias por los períodos no prescriptos iniciados hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
En caso contrario, se acepta la regularización de la obligación por los períodos no prescriptos, abonando el importe de ese gravamen, oportunamente no ingresado, quedando condonados los intereses, multas y demás sanciones, como así también extinguida la acción penal tributaria, de corresponder, en la forma y condiciones que, a esos efectos, determine el Ministerio de Economía y en hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Fuente: Errepar